A pesar que el artículo 45 está bien escrito, no se cumple
- La Juventud Diario
- 10 may 2018
- 2 Min. de lectura
Artículo 45 de la Constitución de la República:
Todo habitante de la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa. La ley propenderá a asegurar la vivienda higiénica y económica, facilitando su adquisición y estimulando la inversión de capitales privados para ese fin.
En esto días el tema de la vivienda vuelve a ponerse con fuerza en la movilización social, junto a otras demandas existentes en la vida de los trabajadores del país. Una nueva discusión en el diputados ha generado una nueva propuesta de Eduardo Rubio sobre los destinos de las ganancias de UTE, donde el diputado de la Unidad Popular, ha sugerido que estas se destinaran para la construcción de viviendas en todo el país mostrando una vez más que el dinero existe, pero el partido de gobierno le da un destino orientado hacia el barril sin fondo de Rentas Generales, que es el encargado de obtener fondos a los efectos de pagar las obligaciones que origina el déficit fiscal y el pago de intereses de la deuda. En todo este tiempo se ha repetido muchas veces que el proyecto presentado por el diputado Rubio de construcción de viviendas en el país según algunos dirigentes del partido de gobierno este tiene visos de inconstitucionalidad, que estaba mal escrito, y que además no había recursos financieros para llevar adelante este emprendimiento. El tema es que un aspecto de gran importancia que no ha sido tenido en cuenta por los argumentos del oficialismo es que en el Artículo 45 de la Constitución de la República, plantea que :”Todo habitante de la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa.” Si tomáramos el tema tal como lo plantea la Constitución de la República, podemos afirmar que los últimos gobiernos nacionales han tenido una gran omisión en el intento de garantizar una vivienda a sus ciudadanos. Ello quiere decir que desde el punto de vista de la necesidad de resolver el problema que es a los que tiende el Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública, el que se ubica fuera de los requisitos constitucionales es precisamente los que no han cumplido con el tema durante estos años, provocando un importante descontento social, así como inseguridad para los ciudadanos que tienen escasos ingresos que no les permite ahorro previo. Por otra parte el artículo constitucional, está muy bien escrito, sin embargo a pesar de ello tampoco ha sido cumplido por el gobierno, no encontrando voluntad política para la aprobación de la construcción de viviendas a pesar que el faltante es cada vez mayor alcanzando una suma de más de 80 mil viviendas en el país. Nos da la impresión que los único que no ha permitido hasta el momento que se construyan viviendas, es la genial política gobierno nacional que sigue jugando al achique en la inversión social en toda la línea, y busca por todos los medios justificar lo que ya es a todas luces injustificable. En términos políticos se puede afirmar que la constitución no está mal escrita, cuando se pretende asegurar el derecho a la vivienda a los ciudadanos del país, lo presentado por Rubio recoge el espíritu popular y también apegado a la Constitución de la República, a no ser que los diputados del oficialismo no sepan leer. Y como si ello fuera poco, hay dinero.
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