Columna Trabajar: ¿cómo, para qué y para quién?
- La Juventud Diario
- 23 ene 2020
- 3 Min. de lectura

Curiosamente, el documento más antiguo que se conoce indica que fue en España en el año 1593 donde el Rey Felipe II estableció mediante un Edicto la jornada laboral de ocho horas: “Todos los obreros de las fortificaciones y las fábricas trabajarán ocho horas al día, cuatro por la mañana y cuatro por la tarde; las horas serán distribuidas por los ingenieros según el tiempo más conveniente, para evitar a los obreros el ardor del sol y permitirles el cuidar de su salud y su conservación, sin que falten a sus deberes” (Ley VI de la Ordenanza de Instrucción de 1593) Sin embargo en 1860 el periódico The Daily Telegraph publicó respecto a las condiciones de trabajo en Londres: “A las 2, a las 3, a las 4 de la mañana, se sacan a la fuerza de sus sucias camas a niños de 9 y 10 años para obligarlos a trabajar por un mísero sustento, hasta las 10, las 11 y las 12 de la noche.” El 8 de junio de 1847, en Inglaterra, una ley concedió a mujeres y niños la reducción de la jornada a diez horas. Los obreros franceses accedieron a una jornada de 12 horas en febrero de 1848. En Estados Unidos la jornada laboral estaba fijada en 18 horas cuando en Filadelfia, los carpinteros se declararon en huelga en 1791 reclamando bajarla a diez horas. En Uruguay la Ley 5.350 se promulgó el 17 de noviembre de 1915 con la siguiente redacción en su artículo 1: “El trabajo efectivo de los obreros de fábricas, talleres, astilleros, canteras, empresas de construcción de tierra o en los puertos, costas y ríos; de los dependientes o mozos de casas industriales o de comercio, de los conductores, guardas y demás empleados de ferrocarriles y tranvías; de los carreros de playa, y, en general, de todas las personas que tengan tareas del mismo género de las de los obreros y empleados que se indican, no durará más de ocho horas por día.” El 14 de octubre de 1950, otra Ley fijó en 6 horas la jornada en determinados trabajos considerados insalubres. En América Latina, Uruguay integra actualmente un grupo de países con límites semanales de 48 horas, junto con Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, México, Nicaragua, Panamá y Perú, mientras que en el rango que va de 40 a 47 horas están países como Chile, Brasil, Cuba, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras y Ecuador. A nivel mundial se destaca Dinamarca, donde si bien el límite semanal es de 48 horas (incluyendo las horas extras), en la mayor parte de los contratos y los acuerdos colectivos se fija una semana laboral de 36 horas, o sea 6 horas diarias con un día de descanso. Entre los miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) -que agrupa a algunos de los países más ricos del mundo- el promedio semanal de horas efectivamente trabajadas es 37, es decir una jornada levemente superior a 6 horas. ¿Qué futuro puede tener la idea de la electa Diputada María Roselló (PC) en el sentido de bajar nuevamente la carga horaria de los trabajadores en nuestro país? Obviamente contará con resistencia de la parte patronal, que en base a argumentos de costos y rentabilidad, buscará mostrar la inviabilidad de seguir pagando los mismos sueldos por jornadas de trabajo más breves. Veremos cuando la futura Diputada cumpla con su anuncio de promover la discusión de este tema, cómo reacciona el resto del espectro político, incluidos sus compañeros de bancada. Mientras tanto vale la pena recordar que la existencia de eso que se suele llamar “mercado de trabajo” -que no es otra cosa que la compra/venta del tiempo, energías y capacidades de las personas- no es la única forma posible de que funcione el mundo, ni es la forma más adecuada de organizar la sociedad, pues coloca a cada uno en el lugar que se le asigna según el dinero de que dispone. Es una construcción social que sostiene un sistema injusto en el que insólitamente se discute cuantas horas al día se debe “trabajar” para satisfacer las necesidades humanas. Tal vez algún día alguien se preguntará por qué costó tanto corregir algo tan elemental. Los humanistas procuramos acelerar ese proceso, por eso seguimos con suma atención toda iniciativa tendiente a tal propósito.
Aníbal Terán Castromán Treinta y Tres, enero 2020 Vocería del Partido Humanista, integrante de Unidad Popular 092 916 334, ateran@adinet.com.uy (Adjunto foto en la que se ve una pancarta que dice “8 horas labor, 8 horas recreación, 8 horas descanso” exigiendo la jornada de trabajo máxima de 8 horas diarias en Melbourne, Australia, 1856.)
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