Decretaron reglamentación para ingreso de productos peligrosos al país
- La Juventud Diario
- 14 ene 2020
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El gobierno actual mediante un decreto aprobado en las últimas semanas de diciembre, determinó las condiciones de ingreso a nuestro país con relación a los productos considerados potencialmente peligrosos para la salud humana o el medio ambiente. La medida señala que a partir del lunes 23 de marzo, se deberá presentar ante Aduanas una licencia expedida por la Dirección de Industrias, válida por 30 días. Las operaciones de hasta 5.000 unidades indexadas están exoneradas de dicho trámite. El decreto número 398/019, aprobado el 23 de diciembre pasado, reglamentó el artículo 347 de la ley n° 19.670. Estos productos deberán cumplir con las mismas condiciones que les son requeridas a los fabricantes nacionales de productos similares, además deberán cumplir con las condiciones específicas relativas al ingreso y depósito de la mercadería en recinto portuario, su posterior acopio, depósito, distribución y comercialización fuera del mismo. La normativa indica que son alcanzados por esta disposición legal los productos que se corresponden con la Descripción y Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Para liberar de la aduana este tipo de productos, se deberá presentar una licencia de importación expedida por la Dirección Nacional de Industrias, del Ministerio de Industria Energía y Minería. A través de Presidencia de la República se informa que dicha dirección emitirá las licencias una vez que el importador acredite que cuenta con las autorizaciones y habilitaciones legales emitidas por los organismos correspondientes, que se les exigen en el país a las empresas nacionales que fabrican, acopian, depositan, distribuyen y realizan operaciones de comercialización de dichos productos, incluyendo los planes de contingencia requeridos específicamente. La redacción del decreto se realizó a través de consultas sucesivas a la Asociación de Industrias Químicas del Uruguay, a empresas miembros de dicha asociación, al Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ), así como a organismos reglamentarios: Dirección Nacional de Medio Ambiente; Inspección General del Trabajo; Servicio de Material y Armamento; Intendencia de Montevideo y Dirección Nacional de Aduanas, entre otros.
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