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En el Parlamento hay un proyecto de ley durmiendo hace 4 años: Comisión Interamericana de Derechos H

  • Foto del escritor: La Juventud Diario
    La Juventud Diario
  • 27 jun 2019
  • 2 Min. de lectura

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) analizó una sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que limitó la aplicación de la prescripción de las acciones penales en un caso específico de homicidio cometido durante la pasada dictadura cívico militar.

El organismo considera que la decisión constituye un avance puntual, insistió en la necesidad de que las autoridades judiciales uruguayas declaren imprescriptibles todas las graves violaciones a los derechos humanos en el pasado régimen de facto. La nota publicada en Ecos señala que el jueves 30 de mayo la Suprema Corte de Justicia desestimó en forma unánime un recurso de casación interpuesto por la defensa de dos militares en el caso del asesinato de Gerardo Alter, un argentino que murió mientras era interrogado en el Batallón Florida en agosto del año 1973. El tribunal consideró que “no es compatible el período del régimen de facto para calcular el plazo de prescripción de la acción penal, ya que durante ese tiempo su titular estuvo impedido de promover las acciones correspondientes”. Además, se señaló que tampoco corresponde computar el plazo de prescripción durante el período en que estuvo vigente la ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. La comisión recordó que en reiteradas ocasiones ha afirmado la inadmisibilidad de las disposiciones de amnistía, prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretende impedir la investigación y la sanción de los responsables de las violaciones a los derechos humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos indicó el pasado mes sobre su preocupación por la permanencia de interpretaciones judiciales en procesos penales que niegan la imprescriptibilidad en el período de la dictadura uruguaya. La comisión reiteró la obligación del Estado uruguayo, establecida en la sentencia correspondiente al caso Gelman, de abstenerse de aplicar la prescripción, irretroactividad de la ley penal, ni bis in ídem o cualquier excluyente de responsabilidad. Esmeralda Arosemena, presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, indicó que todos los órganos estatales deben velar para que se cumplan los efectos de las disposiciones de la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos. “El Estado tiene el deber de esclarecer las graves violaciones del pasado y de sancionar a sus responsables, lo que supone remover los obstáculos a la judicialización de estos casos”, subraya un comunicado firmado Antonia Urrejola, la relatora para Uruguay sobre Memoria, Verdad y Justicia. En el Parlamento uruguayo está presentado un proyecto de ley para anular la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado (ley de Impunidad). La iniciativa legislativa estuvo a cargo del diputado Eduardo Rubio (Unidad Popular) en 2015, a pocos meses de conquistar su banca. Desde entonces, ningún otro legislador ha recogido el guante, y la mayoría parlamentaria del Frente Amplio ha encajonado el proyecto de ley.


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