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Columna: La Agencia Nacional de Vivienda cerró otro año sin resolver el problema

  • Foto del escritor: La Juventud Diario
    La Juventud Diario
  • 23 abr 2019
  • 9 Min. de lectura

Números para allí y para acá, pero los números que no cierran son los uruguayos que siguen sin acceder a una vivienda digna. Como hemos hecho con los resultados de los ejercicios de ANTEL, UTE, ANCAP, AFE y la ANP, abordamos en esta oportunidad los balances, estado patrimonial, rentabilidad y su apego al rol para el que fueron concebidas las empresas públicas, de la Agencia Nacional de Vivienda.

Por Julio González

En la Agencia Nacional de Viviendas (ANV) el Estado de Resultado de Ejercicio del 2017, última cifra oficial publicada en el portal de Transparencia Presupuestaria, destaca la cifra de $ - 695,7 millones de pesos, que a valor dólar, 31/12/2017 a $ 28.35 da una cifra de unos - 24,54 millones de dólares, su Patrimonio asciende a 97,6 millones de pesos, mismo análisis, cifra en dólares, unos 3,44 millones de dólares. Cuenta con una fuerza laboral de 624 trabajadores. Su rol principal a que se dedica: a la ejecución de programas de vivienda y desarrollo urbano; administración de activos de carteras de créditos para la vivienda; gestión de los Fideicomisos del Ministerio de Economía y Finanzas por cartera transferida del BHU y prestación de servicios técnicos en el área de viviendas sociales.

Se debe aclarar que según cifras oficiales de OPP – MEF (EE.PP Sector Publico), los datos finales del ejercicio 2018, la ANV cerró el año con unos 329 millones de pesos, una cifra cercana a los 10.0 millones de dólares (dólar al 31/12/2018 a 31,70). Sus Ingresos 2018, estuvieron en el orden de los 37 millones de dólares mientras sus Egresos se situaron en los 27 millones de dólares, su indicador Egresos Corriente se situó en unos 51 millones de dólares. Su Pasivo en el año 2009 ascendía a 489.879,71 millones de pesos unos 25.316,78 millones de dólares, mientras su Patrimonio era de 197.537,89 millones de pesos, unos 10.282,68 millones de dólares. A fines de diciembre 2017 se situaba en 1.945.030,23 pesos, unos 68.607,77 millones de dólares. Las últimas cifras oficiales (2017) publicada en el portal: https://transparenciapresupuestaria.opp.gub.uy/inicio/empresas-p%C3%BAblicas/anv, nos muestra un Pasivo de: 1.945.030,23, unos 68.607,77 millones de dólares y un Patrimonio de: 97.610,32 millones de pesos, unos 3.443,04 millones de dólares. A esta situación se le debe agregar que recibió de Rentas Generales unos 778 millones de pesos, unos 10,90 millones de dólares de las arcas del Estado. En notas periodísticas anteriores sobre las EE. PP. (ANTEL-UTE-ANCAP-AFE-ANP) mencionábamos lo que ha nuestra humilde visión juegan 2 indicadores de gestión, el ROA y el ROE, y dábamos algunos conceptos de estos términos para las Empresa Pública, que lejos de repetirlos, no dejan de cobrar relevancia. Centrándonos en la ANV, pasaremos a abordar su Rentabilidad (ROE-ROA) específicamente. Los datos son cifras oficiales que la puede corroborar en el sitio web de OPP https://transparenciapresupuestaria.opp.gub.uy/inicio/empresas-p%C3%BAblicas/anv del 2009 hasta 2017, reiteramos “las cifras oficiales del ejercicio 2018 no han sido publicados”. ** Decíamos anteriormente que uno de los indicadores financieros más importantes y utilizados por las Empresas PUBLICAS o PRIVADAS, para medir su rentabilidad es el ROA, por sus siglas en inglés Return On Assets, también conocido como Return on Investments o ROI. Es la relación entre el beneficio logrado en un determinado período y los activos totales de una empresa u organismo. (ver cuadro 2) *** Avanzábamos en el análisis y decíamos que el indicador financiero más preciso para valorar la rentabilidad del Capital es el Return on Equity (ROE). Este ratio mide el rendimiento que obtienen los usuarios del organismo de los fondos invertidos en la sociedad; es decir, el ROE trata de medir la capacidad que tiene la empresa privada de remunerar a sus accionistas, en lo público seria su patrimonio, a ser volcado a la sociedad, vía servicios o en este caso soluciones habitacionales. (ver cuadro 3) Hemos manifestado anteriormente que nuestro país se encuentra abocado a la Campaña Electoral, poner sobre la mesa el rol de las Empresas Publicas (EE.PP.), debería estar en cada programa de gobierno de los Partidos Políticos, centrar los temas que importan al pueblo charrúa, no lo atípico que ha sido y sigue siendo hasta ahora. Considerando que se desvían en la discusión de que orientación tendrá nuestro bendito país de cara al 2020-2025, hoy con mayoría parlamentaria por 3er periodo, no han procedido a la aprobación del Proyecto de Ley, presentado por Asamblea Popular-Unidad Popular, Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública que desde el Poder Legislativo Cámara Alta (a 1 año desde la sanción favorable de Diputados, con votos de la oposición y el único voto de Liga Federal, legislador Darío Pérez por el Frente Amplio), todavía está en estudio en Comisión del Senado, además sus representantes legislativos frenteamplistas en el gobierno anuncian modificaciones a lo ya aprobado, pero no para mejorarlo. Pensar que integrantes del Gobierno, y representantes legislativos viven en Cooperativa de viviendas.

Nada se menciona de estos hechos por parte del “periodismo” de los grandes medios de comunicación, tildados por muchos como el “quinto poder”. Esta información no suma a sus intereses, solo cubriría a los más desamparados de la sociedad, que son los “sin voces” y no tienen poder. Decíamos y decimos que hay demasiados temas acuciantes de la sociedad uruguaya, como es este tema de la vivienda digna, o los temas de Educación, Salud, Trabajo, Jubilaciones entre otros. Los que corremos detrás de la tarasca para parar la olla, los que laburamos y no llegamos a fin de mes, los que bicicleteamos las deudas, por los magros ingresos, los que vemos los tarifazos que aplica el gobierno con su política de tarifas públicas, o la formación de políticas públicas beneficiando al sistema inmobiliario especulativo, las grandes empresas constructoras que, amparados en la construcción de “viviendas de interés social”, son eximidos de impuestos y aportes. Pero que de interés social no tienen nada, nos preguntamos ¿qué familia de criollos pueden pagar cuotas de 20, 22 mil pesos por mes?, estas viviendas van a parar a la especulación inmobiliaria, verdaderas aves rapaces de las necesidades de los yoruguas. Se dice que no hay tarifazo, que lo que hay son ajustes, y que hay casos donde estos ajustes están por debajo de la inflación o sea rebaja de tarifas… Por favor, no solo se lo creen sino que lo vociferan a boca de jarro, el que objeta alguna medida del gobierno frenteamplista es un “descerebrado”. No aplican medidas y niegan la “equidad social” desde hace 15 años, para que sea ley la aplicación de intereses del 2% a todas las Cooperativas de Viviendas por Ayuda Mutua. Volvamos con la ANV, a fines de julio del 2015 se presentó por parte de Asamblea Popular-Unidad Popular un proyecto de ley, en el marco de un Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública. Amparados en la Constitución donde toda persona y toda familia tienen derecho a la vivienda adecuada, y es deber del Estado generar las condiciones que permitan el cumplimiento efectivo de ese derecho, es lo que nos motivó a presentar este proyecto de ley. Propusimos que declárese de interés nacional, el establecimiento de políticas públicas de vivienda, el financiamiento con un presupuesto justo y los subsidios a los planes y proyectos de acceso a la vivienda por Ayuda Mutua con autoconstrucción; el desarrollo de los mismos con celeridad y el fomento de la creación de cooperativas de vivienda. Además, que declárese de interés nacional la implementación del Plan Nacional de Vivienda Popular, sin perjuicio de otros planes de desarrollo económico y social, tendiente a atender las necesidades de vivienda en todo el país. Planteamos que se créase el Fondo Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública, como patrimonio de afectación que se nutrirá con el aporte anual de Rentas Generales necesario para alcanzar el equivalente mínimo indicado en el primer inciso. Que el Estado suministre los materiales básicos al menor costo posible y se encargue de realizar las importaciones de los materiales necesarios fijando el precio en el mercado local nacional. Que se exonérese de tributos toda adquisición, transporte y depósito de materiales de construcción con destino a ser empleados en el Plan Nacional de Vivienda Popular. Todos los trámites realizados en ocasión del Plan Nacional de Vivienda Popular por Construcción Pública estarán exonerados de tributos. Que se construya en tierras improductivas e inutilizadas de cualquier organismo público que sean aptas para el desarrollo del Plan. Que los beneficiarios sean: las personas o núcleos familiares cuyos ingresos nominales sean iguales o menores a veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones. No se límite de edad alguno para acceder al plan, no se tendrán en cuenta los antecedentes crediticios y financieros, incluso los contenidos en bases de datos, de los integrantes del núcleo familiar. Tampoco se exigirá ahorro previo alguno. Se priorizarán los núcleos familiares que posean alguna de estas características: A) Jefatura de hogar monoparental. B) Integrantes discapacitados a cargo. C) Niños, niñas y/o adolescentes a cargo. D) Contar con personas mayores de sesenta años de edad. E) Contar con personas afectadas por enfermedades raras. F) Contar con personas afectadas por enfermedades crónicas o con personas pacientes oncológicas. Los beneficiarios deberán pagar desde el momento de la ocupación, el equivalente al 10% de los ingresos mensuales del núcleo familiar hasta amortizar el valor de la misma, o por un plazo máximo de 25 años si no se llegara a amortizar. Se establece la situación jurídica de los beneficiarios. Desde la entrega de la vivienda y comienzo del pago del precio los beneficiarios adquieren la propiedad y la posesión de la vivienda, pero con límites a la propiedad, a fin de evitar la especulación inmobiliaria. En caso de incumplimiento del pago de las cuotas, la Agencia Nacional de Vivienda deberá citar a los beneficiarios a fin de evaluar la situación. Se prevé para casos extremos la suspensión del pago de la cuota pudiéndose llegar al subsidio de las mismas. Respecto a la propiedad se fijan límites respecto a la venta, a fin de evitar la adquisición de viviendas por especuladores inmobiliarios y se establece la inembargabilidad de las mismas.

VIVIENDA DIGNA, ¿gasto o inversión?

Se ha instalado en el colectivo imaginario de la sociedad uruguaya una concepción según la cual más Inversión Extranjera es sana y buena para el país. Eso está más que demostrado que no el real. Por ejemplo, gran parte del “subsidio” -así consideramos a las exoneraciones- a las Zonas Francas (Parque de la Ciencias, Punta Pereira, WTC Free Zone S.A, Aguada Park, Z.F Nueva Palmira, Z.F Libertad, Z.F Florida, Z.F Colonia, UPM Fray Bentos, Z.F Colonia Suiza, ZonaAmerica, donde los usuarios de la Zonas Francas están exentos de todo tributo nacional, creado o a crearse, incluso de aquellos en los que por ley se requiera exoneración específica, respecto de las actividades que se desarrollan en la misma. # Están exonerados, entre otros, de los siguientes tributos: • Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (I.R.A.E) • Impuesto al Patrimonio (I.P) • Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) • Impuesto Específico Interno (I.M.E.S.I) • Impuesto al Control de las Sociedades Anónimas (I.C.O.S.A.)

# OTROS BENEFICIOS • Existe un régimen especial de constitución de las sociedades anónimas usuarias de zona franca más beneficioso que el régimen común. • A los efectos de la aplicación de las tarifas de la Administración Nacional de Puertos, el ingreso o egreso de los bienes y su traslado a o desde zonas francas, se considerará tránsito internacional pudiendo cobrarse el ingreso o egreso pero tan solo una vez. • Los monopolios de los servicios del dominio industrial y comercial del Estado no regirán en las zonas francas. • Libertad en el ingreso y egreso de divisas, títulos valores y metales preciosos. • No regirán para las actividades a desarrollarse en zonas francas los requisitos estable-cidos o que pudieren establecerse en materia de integración obligatoria de componentes nacionales a los bienes que allí se elaboren, así como cualquier otra exigencia que condicione o pudiere condicionar el ingreso o egreso de bienes en zona franca salvo los relativos a su control. • Para los productos elaborados en zona franca se expedirán los certificados de origen. Los tratamientos preferenciales concedidos a las exportaciones uruguayas por otros países con relación a determinados productos y en volúmenes o valores limitados, serán aprovechados con preferencia por las industrias exportadoras de dichos productos ya instaladas en la zona no franca. O por la promoción de inversiones, donde se concentra en las más de 1.000 empresas de mayores en volúmenes de ventas, con mayor peso de las 100 más grandes. Cifras del 2010, por ejemplo, las 100 mayores concentraron el 35% de los “subsidios” por IRAE y el 11% de las que exoneraron Impuesto al Patrimonio, las 1.000 más grandes se llevaron el 48% del IRAE.

Asamblea Popular propuso en Rendiciones de cuentas pasadas, que se grabaran 1/1.000% a las mercaderías en tránsito, estas mueven más de 8.000 millones de dólares, preferentemente Tabaco (puchos- Phillip Morris) y Alcohol (beberage- Jhony Walker). • También propuso la eliminación del subsidio a las carreras de Caballos, de la Dirección General de Casinos (13 millones de dólares anuales). Se propuso destinarlo a Infraes-tructura de ASSE, como también el subsidio a la cerveza, o el aumento del IMESI en las bebidas con azúcar agregada, cuya recaudación sería superior a los 10 millones de dólares, destinándose para la atención de la diabetes y refacción del Hospital de Clínicas. • El uso de las reservas internacionales por un monto de 780 millones de dólares (equivalente al 10% de lo disponible) para infraestructura educativa y vivienda. • Que se re direccionará los 180 millones de dólares del Fondo de Estabilización Energético de UTE para vivienda, destinando un 50% para el año 2019 y el otro 50% para el año 2020. Por último, la Asamblea Popular-Unidad Popular realizó una sólida fundamentación de la propuesta de Reinstalación del IMABA, pudiendo recaudar más de 300 millones de dólares para cubrir las necesidades sociales. Para los Legisladores progresistas que argumentan, que el Proyecto de Vivienda Popular carece de financiamiento, y que es una irresponsabilidad aprobar un proyecto que no tenga recursos económicos, le podríamos detallar todos los proyectos aprobados en am-bas cámaras que carecen de recursos económicos. El impulso a la generación de puestos de trabajo genuinos, todo lo lateral que genera el motor dinamizador de la construcción de viviendas está en manos del SENADO. En la película “bajo el sol de la Toscana” se logra escuchar una reflexión: “¿Qué son cuatro paredes? Son lo que contienen, la casa protege a los soñadores. Pueden suce-der cosas realmente buenas, incluso después de mucho tiempo, y es una gran sorpresa.” En el libro “Borras de Café”, de don Mario Benedetti, podrás leer, “La vivienda no es sólo un bien inmobiliario, es también una forma de consolidación espiritual.” ¡Porque el acceso a la vivienda digna es un derecho Constitucional! ¡¡¡Que no te roben tus sueños!!! Por la Liberación Nacional y el Socialismo….


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