top of page

Cada país tiene su sistema y su constitución: Respeto a la autodeterminación del pueblo venezolano

  • Foto del escritor: La Juventud Diario
    La Juventud Diario
  • 10 ene 2019
  • 4 Min. de lectura

Los Estados Unidos, los países que integran el Grupo de Lima, el Secretario General de la OEA Luis Almagro y toda la reacción quieren arrogarse la potestad de desconocer al Presidente de Venezuela, o reclamar que la Asamblea Nacional que se encuentra en desacato se haga valer para revocar el mandato de Nicolás Maduro, pero la constitución de la República Bolivariana le reserva esa posibilidad únicamente a su pueblo a través del voto soberano; el mismo que otorga el mandato es quien se lo puede quitar.

En el día de hoy asumirá la presidencia de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro, reelecto para el período 2019 – 2025 y juramentará frente al Tribunal Supremo de Justicia, por encontrarse la Asamblea Nacional en desacato. En Venezuela, la región y el mundo todo surgen voces encontradas; quienes siguiendo el mandato de Washington llaman a desconocer el nuevo mandato del presidente calificándolo de ilegítimo, y quienes defienden la decisión popular que lo eligió meses atrás con más del 60% de los votos. La cuestión es que en el tratamiento mediático por parte de periodistas y políticos serviles a los intereses yanquis, no se explica las estructuras institucionales y las diferencias constitucionales específicas de cada nación o país, en este caso el de la República Bolivariana de Venezuela, naturalmente por un interés de manipular la opinión pública en favor de los intereses del imperialismo que no admiten ningún tipo de gobierno que no se someta a ellos y entregue las enormes riquezas de petróleo, gas, minerales y otros recursos naturales. De esta forma, hacen creer que su sistema jurídico y constitucional funciona igual al de país desde donde se propina la acusación de una dictadura (chavista). De esta forma, se logra que la opinión pública utilice la lógica de la constitución propia y pensando que las relaciones e instituciones y los poderes públicos funcionan como el propio; diferencias que obviamente ni a los políticos reaccionarios ni a la prensa funcional a ellos les interesa explicar.

Conociendo y aclarando

La República Bolivariana de Venezuela no tiene un poder legislativo bicameral, es decir Cámara de Representantes (o Congreso) y Senado, sino una única instancia que es la Asamblea Nacional, la que encarna el Poder Legislativo. Lo que existe es el referendo revocatorio de mandato, por la tanto no existe la figura de moción de censura, ya que no es un sistema parlamentario sino semipresidencialista, pues existe la figura del vicepresidente, el que es postulado por el Presidente de la República y que debe ser aprobado por la Asamblea Nacional. Esto hace que no sea una República presidencialista en sí, sino lo que se llama semipresidencialista. Por otra parte en la V República aparecen dos nuevas instituciones, los poderes públicos, que se suman a los 3 que cuentan el resto de las Repúblicas latinoamericanas en general: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Así, Ejecutivo, Judicial y Legislativo conyugan con el poder ciudadano y el poder electoral. El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano (CMR) integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela y el Contralor General de la República. Estas funciones son ejercidas en otros países por el sistema bicameral del Poder Legislativo. Así por ejemplo en Brasil el proceso de impeachment estaba bajo responsabilidad del Parlamento, mientras que en Venezuela esas atribuciones corresponden a un Poder aparte, con el que debe conyugar la Asamblea Nacional (Poder Legislativo) y el Tribunal Supremo de Justicia (poder judicial) en ese supuesto. A su vez, al existir constitucionalmente el referéndum revocatorio a cualquier mandato (que es de elección directa) es el Poder Electoral quien debe atender la solicitud de dicho referéndum, quien tiene un ordenamiento jurídico en su solicitud, aprobación y ejecución en donde solo y únicamente puede ser aprobado o rechazado por el voto directo del pueblo soberano; el mismo que otorga el mandato es quien se lo puede quitar. Así de simple; no de forma indirecta como el caso de los países de régimen parlamentario, por citar un ejemplo, donde los jefes de gobierno o presidente… o primeros ministros (muy comunes en Europa) donde su elección es indirecta, eligen un Parlamento y éstos de forma indirecta al presidente y demás autoridades de gobierno.

Comparando

La mayoría de nuestras Repúblicas son de elección directa y nominal, es decir elegimos al presidente votando directamente por nombre y apellido; no a un partido de donde salen unos diputados que luego por medio de sus votos eligen a dicha figura. Existen otros sistemas, como las Monarquías Parlamentarias en el caso de España, que funcionan diferente, aunque no ahondaremos en esta ocasión. Pero con estos ejemplos podemos comprender que cada país está constituido de cierta forma, algunos con estructuras iguales o parecidas, y otras muy distintas, y eso es lo que no se explica, porque la confusión y la desinformación es terreno fértil para la mentira y los intereses desestabilizadores. En el caso de Brasil y otros países, si bien la administración de la Justicia corresponde a las entidades del Poder Judicial, la Constitución Federal permite que el Senado Federal intervenga en las decisiones jurídicas en ocasiones muy especiales. Otro ejemplo de ello es el caso español, en la aplicación de Art. 155 a la comunidad autónoma de Catalunya, para manejar casos recientes de la esfera internacional, como también la moción de censura al presidente español Mariano Rajoy, donde resulta un Sánchez gobernando sin que el Poder Popular mediante el voto lo haya elegido. Esto también sería anticonstitucional si lo vemos desde la óptica de algunas de nuestras constituciones, pero no en la española. Como lo fue también en Brasil el caso de Temer. En países como Brasil o como Groenlandia, aunque se elija de forma directa por ser una República Presidencialista, sin embargo el mandato del Ejecutivo está sometido al control parlamentario bicameral (Cámara baja y Cámara Alta, o de Diputados y Senado Federal, según el país). En tanto en Chile, la figura parecida para destituir es la acusación constitucional. Cada país tiene su sistema, y la República Bolivariana de Venezuela tiene el suyo, en una constitución elaborada durante un fuerte proceso de participación popular, que justamente dio más poder al pueblo. La verdad sigue siendo revolucionaria. AJ(ET)


Entradas relacionadas

Ver todo
49 Aniversario, no hay repliegue

En estos días es evidente que ante un nuevo aniversario del Movimiento 26 de Marzo, muchas cosas y conceptos se ponen sobre la mesa en...

 
 
 

Comentarios


Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
Noticias destacadas
Noticias recientes
bottom of page