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Diputados optaron no enfrentar a las grandes multinacionales del medicamento: Se rechazó iniciativa

  • Foto del escritor: La Juventud Diario
    La Juventud Diario
  • 16 ago 2018
  • 3 Min. de lectura

El diputado de Unidad Popular, profesor Carlos Pérez (26 de Marzo - Lista326), fundamentó la propuesta realizada en el ítem Ministerio de Salud Pública, para derogar el Artículo 448 de la Ley 19.355, que blinda al Estado respecto a los tratamientos y medicamentos de alto costo, favoreciendo a las multinacionales farmacéuticas. La propuesta fue desestimada ya que obtuvo el apoyo de 6 legisladores, el de Unidad Popular y 5 del partido Colorado. Transcribimos la palabra del diputado Carlos Pérez, en la sesión del miércoles 15 de agosto de 2018.

Jorge Gandini: En consideración la hoja 14, le damos la palabra al diputado Carlos Pérez.

Carlos Pérez: Le proponemos a la Cámara que derogue el Artículo 448 de la Ley de Presupuesto de diciembre de 2015, Ley 19.355. Este artículo exoneró al Estado y a los prestadores privados de Salud de proporcionar aquellos tratamientos o medicamentos que no estuvieran autorizados por el Ministerio de Salud Pública. Y nos parecía importante que las palabras del Ministro (Jorge) Basso, quedaran en esta versión taquigráfica y por eso queremos darle lectura, porque nos planteaba el Ministro la hoja de ruta a seguir con el Ministerio con la cual estamos en las antípodas, primero reconocía que “la Salud se ha convertido en un negocio redituable para las grandes farmacéuticas” -y no sólo para ellas, agrego yo- “que amparadas en el uso de patentes cobran precios exorbitantes”. Y decía el Ministro Basso en la Comisión que analizó esta Rendición de Cuentas, y leo textual sus palabras: “que los recursos para atender cometidos tan esenciales, como por ejemplo los vinculados al suministro de medicamentos, son finitos. Entonces, ya no es válido decir que las prestaciones sanitarias son ilimitadas porque llegaría el momento en que el Estado sacrificaría otros cometidos tan vitales como el sanitario”. El Ministro allí pone como ejemplo la seguridad del trabajo, la vivienda, la educación y la propia justicia. Establece con meridiana claridad que “la fijación de las políticas públicas de Salud, en cuanto su planificación y aplicación, son de resorte regulatorio del Poder Legislativo y el Ejecutivo”. Y nuevamente textual del Ministro: “Con respecto a la extensión a la Salud, el derecho a la Salud, no obliga al Estado a evitar la muerte ni a lograr el completo bienestar sino a brindar prestaciones de Salud integrales, igualitarias y humanitarias. El Estado no tiene la obligación de curar ni de lograr la salud, sino de brindar prestaciones médicas. Las prestaciones de Salud constituyen un recurso escaso, de manera tal que no es actualmente posible que todos los individuos tengan acceso a todas las prestaciones que desean en lo atinente a la Salud. Este presupuesto podría ser puesto en duda si la sociedad decidiera asignar todos los recursos a la Salud y luego de lograda una plena satisfacción, se decidieran otros temas. Sin embargo, esto no sucede, puesto que la sociedad debe utilizar recursos para satisfacer también otros bienes igualmente escasos e importantes, como el trabajo, la vivienda, la educación y la justicia”. Habría que reflexionar un rato sobre esta hoja de ruta. El derecho a la Salud vinculado a principios económicos, reconociendo que habría que reconocer por supuesto, el poder de las grandes farmacéuticas, que habría que recurrir a ellas si no quedara otra, pero hacer esto sin tener una política de investigación, desarrollo, producción farmacéutica nacional, producción de medicamentos genéricos, sometiéndose a los TLC, sometiéndose mansamente a las grandes farmacéuticas y después intentar blindar al Estado de brindar esos tratamientos, esos medicamentos, que no los decide el paciente los decide el Médico que en su calidad de técnico entiende que es el mejor tratamiento, sin embargo el Estado a través de este articulo 448 de la Ley a la que referí, pretende blindarse. Por esto y por un artículo 188 de esta Rendición que por suerte se sacó, y que al igual que el año pasado cuando vamos a presentar esto, unos días antes nos enteramos que el Fondo Nacional de Recursos autoriza nuevamente un medicamento después que el paciente murió. Entonces vaya si esta hoja de ruta nos preocupa, y por eso proponemos que por lo menos se de este paso de derogar este articulo y de que se busquen otros caminos de soberanía, de producción soberana de medicamentos, otro camino y sobre todo enfrentarse al poder de estas grandes farmacéuticas y no someterse a ellas tan livianamente. Gracias, presidente.

Jorge Gandini: Gracias Diputado. Se vota la hoja 14… 6 en 80, negativo.


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