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Mercadería en estado de abandono, depósitos, remates y cobro de honorarios: Proyecto de Ley con modi

  • Foto del escritor: La Juventud Diario
    La Juventud Diario
  • 9 ago 2018
  • 2 Min. de lectura

“El numeral séptimo del artículo 99 del Código Aduanero del Uruguay establece que una vez declarado el abandono de la mercadería no infraccional por parte del Tribunal, se ordenará el remate sin base y al mejor postor, designándose el rematador correspondiente. Sin embargo, ¿qué es lo que está ocurriendo? Esta redacción no estipula ningún plazo que obligara a llevar adelante tal acción”, manifestó el diputado Álvaro Delgado, acerca de las modificaciones que se trabajan al Código Aduanero en el Parlamento. El legislador blanco explicó que “Ahora en la nueva redacción de este numeral, se establece un plazo máximo de 120 días, tanto para retirar la mercadería como para designar el rematador. A su vez se agrega un inciso segundo a este numeral que habilita al depositario, dando noticia a la sede interviniente la posibilidad de trasladar esta mercadería a otro depósito aduanero si no se cumple con el retiro en plazo de 120 días mencionados anteriormente”; y agregó que con respecto “al numeral noveno del artículo 99, se modifica en cuanto al destino de lo producido en el remate, respecto a este tipo de mercaderías en estado de abandono. Es decir la no infraccional declarada en estado de abandono. En la redacción que tenemos actualmente en el código aduanero, el producido líquido de los remates se destina un 100% a gastos de funcionamiento de la Dirección Nacional de Aduanas”. “Este destino dejaba a los destinatarios de la mercadería sin posibilidad de cobrar sus honorarios, que sumado a que no había plazo para el retiro y el remate, terminaba sucediendo que esta mercadería quedaba por tiempos inmemoriales y nadie se hacía cargo”, señaló. “Con estas modificaciones se pretende darle cierto dinamismo a esta situación, que exista un plazo cierto y determinado y que el depositario pueda cobrar sus honorarios, después de haber custodiado esta mercadería que el Juzgado declaró en abandono no infraccional. La aprobación de este Proyecto de Ley permitirá rematar una importante cantidad de mercadería que existe en los depósitos intra y extra portuarios y en los aduaneros particulares, permitiendo descongestionar los depósitos y los depositarios puedan cobrar sus honorarios impagos”, aseguró.


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