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Cuestionan procedimientos y autorizaciones a UPM: La premura por ganar unos pesitos llevó al gobier

  • Foto del escritor: La Juventud Diario
    La Juventud Diario
  • 17 abr 2018
  • 11 Min. de lectura

La Juventud dialogó con el Arquitecto Pablo Ligrone, académico de la Universidad de la República con vasta formación, doctorados y maestrías, especializado en el ordenamiento territorial, acerca de los procedimientos y autorizaciones para la localización del proyecto de una nueva planta de celulosa de UPM y los incumplimientos a las leyes de impacto ambiental y ordenamiento territorial en las que se ha incurrido, sobre todo en lo que hace a la participación de la ciudadanía en cuanto a la evaluación y decisión de todo lo relativo a un emprendimiento de estas magnitudes.

Luego de escuchar fundamentos técnicos y advertir la falta de elementos que deberían estar a nuestro alcance porque la ley así lo dispone, entendemos que la transparencia, las buenas decisiones en pos de los intereses soberanos del país por parte de las autoridades quedan completamente en duda; así como nos reafirma las sospechas de que la imperiosa necesidad del gobierno de concretar la inversión a toda costa y cuanto antes con fines económicos y electoralistas, pone a nuestra nación a merced de los intereses del capital trasnacional. Según explicó Ligrone, de no ser corregidos, los incumplimientos a la legislación vigente llevarían a la nulidad de todo el procedimiento. Es decir, que la falta de previsión y de respeto a las propias normativas implementadas durante los gobiernos del Frente Amplio podrían poner en riesgo la concreción de la pastera.

Dando la nota

Semanas atrás, el arquitecto Ligrone remitió junto a Astrid Sánchez una nota a Alejandro Nario, Director Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), por los procedimientos en las autorizaciones a UPM. “Este planteo está enmarcado en un procedimiento que se llama “Puesta de Manifiesto”, que es obligatorio”, explicó Ligrone. “Es una función de una Ley, la Ley de Impacto Ambiental. Nuestra nota fue para responder a ese llamado en el cual todos los ciudadanos tenemos el derecho -y algunos nos sentimos en la obligación- de decir lo que encontramos positivo y lo inconveniente. En este caso, lo principal que hemos detectado es que muchos procedimientos de la Ley de Ordenamiento Territorial se han dejado de lado; es decir, se han desarrollado en forma incompleta”, manifestó. “Si hago una puesta de manifiesto donde no pongo los estudios ambientales de manifiesto, entonces no tengo puesta de manifiesto. Estoy haciendo una formalidad que no tiene contenidos. Es un tema de procedimientos y de cumplimiento de la ley”.

Ordenamiento territorial

Desde 2008 rige en nuestro país la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. Es una ley muy importante, que Ligrone entiende “que se aplicado relativamente bien en algunos casos y bastante mal en otros”. Pero sobre todo advierte que desde su aprobación en 2008, todos los años el Parlamento hizo modificaciones de la Ley que la fueron estropeando. “Todo lo fantástico que fue la Ley original del 2008 con un énfasis muy fuerte en el tema de la participación, de la opinión de la gente, de la transparencia, y las garantías ambientales, y estudios territoriales, y la integralidad y transversalidad… cantidad de principios fantásticos que tiene esa Ley, de a poco se fueron mancillando”. Esta Ley de Ordenamiento Territorial significa la planificación del territorio, y lo fundamental es dónde va cada cosa. “Es decir, si UPM va en el centro del país, o va en la costa, o va en cualquier lado, o no va. Lo primero que hace el ordenamiento territorial es identificar dónde van las cosas”, explicó el especialista.

Estudios territoriales y de impacto ambiental

“No es lo mismo que uno estudie un pedazo de un macro proyecto como este, a estudiarlo todo. No es lo mismo estudiar el impacto en los alrededores de la fábrica, que estudiar el impacto que eso va a tener que sea en Durazno y que no sea en Tacuarembó, o que no haya sido en Cerro Largo o que no sea en Río Negro o en La Paloma”. Las autoridades hablan pomposamente de los estudios de impacto ambiental, sin embargo el Arq. Ligrone explica claramente la falta de elementos, por lo menos a la vista de la ciudadanía respecto a algo mucho más completo y complejo, como lo son los estudios territoriales. “En el Uruguay hay 2 tipos de estudios obligatorios, por Ley: los estudios territoriales, que incluyen a los ambientales, desde el año 2008; y los estrictamente ambientales, vinculados con los estudios de impacto ambiental de cada proyecto por separado. Son 2 cosas bien diferentes”, evidenció. “Cuando se aprobó la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible en 2008, lo que se estableció fue un sistema en el cual adentro de eso está lo ambiental, no afuera de él”. Esto es muy importante para comprender los cuestionamientos que realiza Ligrone, en cuanto al cumplimiento de lo que establece la legislación vigente. “Aparentemente, por lo que se puso de manifiesto hasta ahora tanto en la página de la Intendencia de Durazno como en la DINAMA, lo que se hizo en este caso fue omitir los estudios del conjunto de los estudios territoriales y lo que se llama la evaluación ambiental estratégica, que incluye los aspectos ambientales y todos los territoriales”.

¡Inadmisible!

Ligrone denuncia que la “puesta de manifiesto” que realizó la Intendencia de Durazno y aparecen en su página web en el caso de las directrices departamentales, son completamente insuficientes. “Lo que se puso en la página web de la Intendencia es una carilla; cualquier ciudadano puede entender que en una carilla no cabe ningún estudio, ni siquiera de una casilla de salvavidas en la costa, menos aun en una carilla se puede poner un informe ambiental estratégico de un semejante proyecto”. El especialista agregó: “Uno no puede hacer una puesta de manifiesto con muy poquita información. No estoy hablando de lo que puso de manifiesto la DINAMA, sino que estoy hablando de lo que puso de manifiesto, y lo dan por bueno, la Intendencia de Durazno”. Esto está sumamente agravado, ya que ni siquiera responde a algún tipo de estudio, sino que es la reproducción textual de un fragmento del acuerdo de partes en el contrato entre ROU y UPM. “En el caso de las directrices departamentales de Durazno, por lo que aparece en la página de la Intendencia, se hizo en forma absolutamente mínima… en realidad no existe. Lo que se puso de manifiesto, lo que se llama el informe ambiental estratégico puesto de manifiesto en las directrices departamentales para poder cambiar la categoría de suelo de los predios y para poder construir entonces UPM, tiene apenas una carilla. Y esa carilla de estudio, o de pseudo estudio, en realidad es la transcripción de un pedazo del contrato, del punto 3.2.10, que son los acuerdos de las partes en el Contrato entre ROU y UPM. Eso no conforma un informe ambiental estratégico, no tiene nada que ver”, señala.

Sin participación, tenemos preguntas sin respuesta

Ligrone aseguró que de este modo, “se aprueba la localización y se le da a 5 terrenos en concreto una categoría de suelo, o sea se le cambia el valor al suelo, sin que por lo menos la población haya podido ver el detalle en el informe ambiental. ¿Por qué son esos terrenos y no los de al lado? ¿O por qué no están del lado de Paso de los Toros, cuando la planta se le llama Paso de los Toros y están del lado de Centenario? ¿O por qué no están 1 kilómetro más arriba o más abajo? Todo eso debió haberse estudiado a fondo”. “Y no solo eso, los atravesamientos en los diferentes pueblos en todo lo que son las vías férreas. El atravesamiento de Montevideo y todos los cambios e inversiones enormes que va a hacer el país a lo largo de las vías férreas, todo eso está dislocado y no se ha estudiado… No es que no se haya estudiado, tal vez se estudió, pero no se puso de manifiesto a la población y eso es obligatorio por Ley”. Según el arquitecto, “hubo una omisión en un momento clave, que es la puesta de manifiesto del informe ambiental estratégico, que fue en diciembre de 2017 y que se mantuvo -pese a lo que algunos dicen- en la página web por lo menos hasta hace una semana. O sea que quienes dicen que la puesta de manifiesto se cerró a los 60 días después que empezó, les quiero decir que la Ley de Ordenamiento Territorial dice específicamente que la participación de la población y la acción de participación se da a lo largo de todo el proceso, todos los días del proceso de elaboración de un cambio de -en este caso- directrices departamentales. Por lo tanto, la puesta de manifiesto, más allá de que haya un plazo y que se cierre para que se pueda seguir un proceso, mientras esté abierto el proceso todos los ciudadanos tenemos el derecho de participar con nuestra opinión. Por lo tanto, hasta que no se apruebe el cambio de categoría de suelo de estos terrenos, cualquier persona tiene el derecho a ser escuchado. Eso es por Ley.

Nulidad del proyecto UPM

Según la ley, no se podría hacer el cambio de categorización del suelo, poniendo en riesgo de este modo la concreción del proyecto de instalación de UPM. “Si uno lee lo que dice este artículo de la Ley, sería así”, confirmó Ligrone. La Ley en su Artículo 26 dice: “La omisión de las instancias obligatorias de participación social, acarreará la nulidad del instrumento de ordenamiento territorial pertinente”. “¿Qué significa esto? Que si la participación -en este caso- de las puestas de manifiesto, o no se hacen bien o no se hacen, entonces lo que se apruebe -dice la Ley- es nulo. Y si es nulo, cae todo”, advierte el académico. Como también deja en claro que “Todas estas cosas se pueden retomar y hacer bien, no es que sean caminos imposibles o insalvables; el asunto es hacerlo como dice la Ley”. Para Ligrone, si se le pide a cualquier proyecto muchísimo más chico que se cumpla con la Ley en todos sus aspectos, en este caso se tendría que hacer mucho más prolijo que en los demás. “¿Sino qué le vamos a pedir al resto? Cuando esto se tramita de esta manera, y no se ponen de manifiesto cuando se tendrían que poner. Y además, se usa un instrumento como son las directrices departamentales, que no son idóneos para dar categoría de suelo que es rural, para pasarlo automáticamente a suburbano. Eso específicamente la ley no lo permite”, agregó.

Cambio de categoría de suelo

Lo que se debió haber hecho eventualmente, es haber definido que esos predios son potencialmente transformables a suburbanos, y no suburbanos de una. La ley específicamente prevé que no sea así. El Artículo 34 de la Ley de Ordenamiento Territorial dice: “Solo se podrá transformar un suelo incluido dentro de una categoría en otra -en este caso sería el suelo que es rural hoy transformarlo en suburbano- en áreas con el atributo de potencialmente transformable”. “Esto es un atributo que un plan previo le da a un lugar y a unos padrones concretos, para que ese lugar y esos padrones, a través de un instrumento que se llama programa de actuación integrada, se puedan efectivamente transformar. Y eso no ha ocurrido, porque lo que se está por aprobar ahora, o lo que se puso de manifiesto en el cambio de directrices, es directamente el cambio de rural a suburbano de 5 padrones, en lugar de hacer -como dice la Ley- que pase de rural a que se agregue el atributo de potencialmente transformable, para luego -como dice también el Artículo 34 que es bien clarito-“: “Únicamente será posible incorporar terrenos de suelo categoría urbana y categoría suburbana mediante la elaboración y aprobación de un programa de actuación integrada en un perímetro de actuación específico delimitado dentro del suelo con el atributo de potencialmente transformable”. “Es decir que la ley dice que si lo quiero pasar a suburbano, el proceso debe ser primero darle el atributo de potencialmente transformable, con su fundamento, no a dedo y porque se me ocurrió uno y no otro. Una vez que eso ocurre, hay que hacer un plan -que se llama programa de actuación integrada- que es extremadamente exigente desde el punto de vista ambiental, de participación, estudios territoriales y proyecto ejecutivo; y recién ahí se puede hacer el cambio de categoría de suelo. Esto que yo sepa, no se hizo ni se está haciendo”, manifestó.

Dónde está el incumplimiento

“Una cosa es el procedimiento de la DINAMA, otra cosa diferente es el procedimiento de la Intendencia con la DINAMA precisamente, que son las directrices”, reiteró. “A los efectos del procedimiento, la ley dice específicamente también que el aval o la autorización ambiental previa, en el artículo 27.B: “No podrán otorgarse autorizaciones contrarias a las disposiciones de los instrumentos”… se está hablando de los planes, directrices, etc. En este caso es contrario, cualquier tramitación es contraria al instrumento, porque esos predios son rurales. “Esta determinación alcanza al proceso de autorización ambiental previa, que se tramitará solo para proyectos encuadrados en los instrumentos de ordenamiento territorial aplicables”. ¡Sólo se tramitará! Es decir, que no se puede tramitar si quiera una autorización ambiental, si no está previsto en ningún plan anterior. Y como ese plan -que son las directrices- no está terminado, no debió haberse podido empezar siquiera el trámite”. “UPM no puede ser un proyecto sobre suelo rural, nunca. Por lo tanto no está encuadrado en un instrumento aprobado hoy”, sentenció Ligrone.

Cuando se hace fácil, surgen las preguntas

Si yo tengo una estancia y quiero hacer una industria, no puedo. No se puede hacer una industria sobre un suelo rural, tiene que ser suelo suburbano. La administración central ni me escucharía. Primero le tienen que cambiar la categoría de suelo en la Intendencia, y que sea a través de un procedimiento con estudios, como dice la ley. En la Ley de Ordenamiento Territorial, el procedimiento ambiental está adentro de los procedimientos de los planes, no afuera. Y eso es lo que tampoco se quiere de alguna manera entender o admitir. La pregunta de la alternativa entre esto y lo otro, entre los costos de oportunidades, etc., no se puede responder en la legislación ambiental, a través del caso a caso presentado en la DINAMA; sino que se debe responder en los instrumentos de ordenamiento territorial que son de mayor complejidad y envergadura, que abarcan las diferentes alternativas en el territorio. Un territorio puede tener plantaciones de árboles, de soja o de lechuga; pero eso tiene que tener una planificación detrás. No es lo mismo un territorio que se transformó en un territorio forestal, a que se transformó en un territorio sojero o de agricultura familiar. Eso lo entiende cualquiera. ¿Cómo hay que discutir esas alternativas para un territorio? ¿A partir de que viene uno a plantar soja o eucaliptus o lechuga? No, hay que planificarlo a partir del interés que tiene el Estado, los gobiernos departamentales, las poblaciones y de las alternativas que hay. ¿Se discutió alguna vez si era mejor crear empleo en Centenario o en Paso de los Toros o en San Gregorio de Polanco o en otro lado? ¿Se discutió eso?

Peligra el Ordenamiento Territorial

Con la Ley de Riego, la Ley de Minería de gran porte, incluso la Ley de Política Nacional de Aguas, y ahora este tipo de emprendimientos, el Arq. Ligrone se pregunta: “Si hicimos una ley que era muy importante para hacer mejor las cosas en el territorio ¿por qué estamos por todos lados mirándola de costado, eludiéndolas? Tal vez es porque los uruguayos no estamos acostumbrados a mirar las cosas en forma integrada, o nos apremia más el hecho de ganar unos pesitos y solucionar las cosas más rápidamente. Tal vez es la premura que nos lleva a hacer las cosas mal, pero la ley es la ley, si es para unos, es para todos. Hay una tradición demasiado aferrada en el Uruguay de determinados comportamientos, hasta hay ministerios que tienen una fuerza muy grande, y que en una de esas el tema del territorio les molesta porque les compite parte de su histórico funcionamiento. De hecho, la Ley de Riego empodera fuertemente al MGAP y al MTOP y deja totalmente de lado al ordenamiento territorial, y la integración y la transversalidad de las políticas”.

Ferrocarril central

La instalación de UPM aún no está definida, pero en el contrato Uruguay se comprometió a hacerle un tren a UPM que costará más de 1.000 millones de dólares, y que el Ministro Rossi anunció que se comenzará a fines de año. “Sin duda que la afectación de una semejante obra es no solamente del territorio general del país, sino de cada uno de los departamentos, localidades, cuencas y sectores que atraviesa. El funcionamiento de las obras, etc. son de un impacto enorme; es una de las obras más grandes de la historia del país. Siendo así, los estudios territoriales debieron haber sido importantísimos… deben haber sido importantísimos supongo yo. A mí no me consta que estén, pero deben estar”, sugirió Ligrone. Sin embargo, “lo que yo no he escuchado hasta ahora, es que el MTOP -o quien sea- haya puesto a consideración pública los estudios territoriales de los impactos, y tampoco que se haya empezado un instrumento de ordenamiento territorial, o sea un plan, que en este caso debería ser un plan de carácter regional, que abarque por lo menos 5 departamentos y una cuenca. Tampoco tengo noticias de otros planes que no sean de Paso de los Toros y Centenario que se están haciendo, lo cual es correcto, pero los otros planes no sé si se están haciendo o no. Sin lugar a dudas tiene que tener un instrumento de ordenamiento territorial, porque es una transformación importantísima del territorio”, concluyó.


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