UPM-ACUERDO MARCO ÁREA LABORAL
- La Juventud Diario
- 13 sept 2017
- 9 Min. de lectura

En Montevideo, el 12 de setiembre de 2017, POR UNA PARTE: el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, representado en este acto por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Maestro Ernesto Murro y por el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Cr. Álvaro García; POR OTRA PARTE: la Empresa UPM South América S.A. representada en este acto por los Sres. Ing. Javier Solari e Ing. Gonzalo Giambruno, asistidos por el Dr. Juan José Fraschini; POR OTRA PARTE: el PIT-CNT, representado en este acto por los Sres. Fernando Pereira, Marcelo Abdala, Oscar Andrade y Julio Burgueño; POR OTRA PARTE: la Cámara de la Construcción del Uruguay, representada en este acto por el Sr. Ignacio Otegui; y POR OTRA PARTE la Cámara Metalúrgica del Uruguay, representada en este acto por los Sres. Ing. Andrés Castiglioni y Flavio Pérez, convienen en suscribir el acuerdo marco que sigue a continuación:
I.- SUJETOS/PARTES:
- Gobierno: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) - UPM South América S.A. - Plenario Intersindical de Trabajadores-Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT) - Cámara de la Construcción del Uruguay (CCU) - Cámara Metalúrgica del Uruguay (CMU)
II) OBJETIVOS:
1. Establecer el marco general de relaciones laborales necesario y el entorno propicio para la potencial inversión de UPM en el Uruguay. 2. Contribuir a concretar la construcción e instalación de la nueva Planta de Celulosa de UPM en la Zona Franca que se habilitaría en un radio de 25 km del cruce de la RUTA 5 con el Río Negro. En tal sentido, las partes se comprometen a apoyar en lo que sea requerido y no se oponga a sus objetivos y fines institucionales, o a sus competencias legales y reglamentarias, todo el proceso de construcción y montaje electromecánico de la Planta liderado por UPM. 3. Contribuir a generar las condiciones de comenzar a operar y producir plenamente la nueva Planta industrial dentro de los plazos previstos. 4. Afianzar la negociación colectiva de buena fe como instrumento más adecuado para el logro de los objetivos de este Acuerdo Marco. En tal sentido, el compromiso de acordar previamente líneas de acción y protocolos de actuación en diversas áreas, válidos para todo el proceso de construcción y montaje, dará previsibilidad a las relaciones laborales. 5. Ratificar que el trabajo decente y productivo, el respeto de los principios fundamentales en el trabajo y de los derechos de los trabajadores y de los empleadores, la seguridad y salud en el trabajo, la formación profesional, el rendimiento eficiente del personal, el cuidado y la mejora continua de la calidad, el incremento de la productividad, la incorporación de nuevas tecnologías y una gestión eficiente, son condiciones esenciales para la viabilidad y desarrollo del Proyecto, así como para la competitividad y sostenibilidad de las empresas y el mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de los trabajadores, todo ello en consonancia con los principios y objetivos de la cultura del trabajo para el desarrollo. 6. Impulsar y promover la seguridad y salud laboral, enfocada en “cero accidente de trabajo de gravedad” y en lograr los menores índices de siniestralidad de acuerdo a estándares internacionales, a través de la implementación de políticas y acciones efectivas para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 7. Contribuir en la formación y capacitación especializada para el trabajo y en la consolidación de la mano de obra uruguaya calificada, para tener posibilidad de vincularse directa o indirectamente en el Proyecto de UPM o en otros emprendimientos productivos, mejorando de ese modo las condiciones de empleabilidad y acceso al empleo de los trabajadores uruguayos.
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO Y TERRITORIAL:
1. Actividades que se realicen dentro de la nueva Zona Franca que se establezca ubicada en los Departamentos de Tacuarembó o Durazno, donde se implantará el Proyecto. 2. Personal obrero uruguayo dependiente de las Empresas Contratistas y Subcontratistas uruguayas o extranjeras, que cumplan tareas de obra directa para la nueva Planta de Celulosa de UPM, en la construcción de la obra civil o en el montaje electromecánico, o en tareas o servicios vinculados directamente al Proyecto. 3. Personal obrero de nacionalidad extranjera dependiente de las Empresas Contratistas o Subcontratistas del Proyecto, que se encuentren en condiciones regulares para trabajar en el Uruguay. 4. La inclusión de trabajadores uruguayos y extranjeros en el ámbito de aplicación subjetivo de este Acuerdo Marco no implica que las condiciones de trabajo sean iguales en todos los aspectos, las que serán debidamente determinadas y precisadas en los Protocolos de Actuación y Convenios Colectivos específicos que se celebren.
IV.- PLAZO/VIGENCIA:
1. Vigencia del Acuerdo Marco desde la comunicación formal de la decisión de la inversión discrecional de UPM y hasta la culminación de las obras civiles y de montaje electromecánico de la nueva planta industrial. 2. Extinción por el vencimiento del plazo de vigencia, al finalizar todas las obras civiles y de montaje electromecánico.
V.-PROTOCOLOS DE ACTUACION Y CRITERIOS RECTORES:
1. Desarrollar, negociar y acordar protocolos de actuación para permitir la correcta planificación y gestión del proyecto en los siguientes aspectos claves: a. Salud y seguridad ocupacional. b. Capacitación y mano de obra. c. Transporte, Alimentación y Vivienda.
Durante el plazo que transcurra desde la firma de este Acuerdo Marco y hasta la decisión de la inversión discrecional por parte de UPM, las partes podrán negociar y acordar otros protocolos sobre temas complementarios vinculados al proyecto de construcción y montaje de la nueva planta de celulosa. 2. Conformar un Grupo Coordinador, integrado por cuatro representantes (Gobierno, UPM, Cámaras Empresariales y PIT-CNT) y Equipos de Trabajo técnicos para los diversos protocolos cuyos miembros serán designados por las partes firmantes. 3. Trabajar en el contenido de los protocolos de actuación en forma progresiva y oportuna en función de la temática, siguiendo la metodología establecida, comenzando a partir de la celebración del Acuerdo de Inversión y debiendo quedar finalizados antes de la ventana de tiempo establecida para la decisión de inversión. 4. Elaborar los protocolos de actuación teniendo en cuenta los criterios rectores que se indican en los apartados siguientes y aplicando una metodología consistente en: - Presentación por parte de los Equipos de Trabajo técnicos de los conceptos, preocupaciones, ideas y expectativas sobre los diversos aspectos que sería necesario regular y acordar en los respectivos protocolos de actuación. - Sobre la base de las presentaciones de los Equipos de Trabajo, preparación de propuestas por parte de UPM para cada tema. - Presentación, análisis y discusión de las propuestas de UPM en los Equipos de Trabajo y elaboración de un proyecto de protocolo para cada temática. - Puesta en común de los proyectos de protocolos en el Grupo Coordinador para su aprobación definitiva. 5. Una vez acordados y ratificados por el Grupo Coordinador, los protocolos de actuación se comunicarán por parte de UPM a todas las empresas contratistas o subcontratistas, uruguayas o extranjeras, que estén interesadas en ejecutar las obras civiles y de montaje electromecánico; así como posteriormente, las empresas que sean contratadas lo comunicarán a sus respectivos trabajadores. 6. Controlar y exigir el debido cumplimiento de los protocolos de actuación y de los convenios colectivos a las empresas y a los trabajadores de sus respectivos sectores. 7. Mantener restringido el alcance de los protocolos de actuación y de los convenios colectivos que se celebren, ya sea en forma previa a la decisión de inversión o con posterioridad durante la ejecución de los trabajos, a su ámbito de aplicación subjetivo y territorial. A) Seguridad y Salud Ocupacional:
a) Principios rectores: 1. La seguridad e higiene laboral en la Obra, así como la salud ocupacional, constituyen aspectos prioritarios en el Proyecto. 2. Es fundamental aplicar los máximos esfuerzos en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 3. Todos los trabajadores y sus delegados, así como las empresas, deberán estar capacitados sobre sus responsabilidades en cuanto a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como debidamente informados sobre los protocolos de seguridad específicos, para fomentar y fortalecer la cultura de la prevención de los riesgos y accidentes del trabajo. b) Expectativas: 1. Definir roles y responsabilidades de UPM, empresas contratistas, trabajadores y delegados obreros, durante el desarrollo de toda la obra, en temas de seguridad, higiene y salud laboral. 2. Acordar y aplicar procedimientos de seguridad específicos para: permisos de trabajo que sean requeridos para la ejecución de determinadas tareas; detención de tareas en situaciones de riesgo inminente para la seguridad y salud; rondas de seguridad; etc. 3. Definir la creación y el funcionamiento de una Comisión Tripartita de Seguridad e Higiene Laboral para el Proyecto, integrada por delegados de las partes y con personal jerárquico de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social. 4. Acordar un marco de seguimiento y sistema de reuniones periódicas entre los Técnicos Prevencionistas de las empresas y de UPM y los Delegados Obreros de Seguridad y Salud, con la finalidad de analizar conjunta y sistemáticamente los diversos riesgos y demás aspectos que deban mejorarse en el desarrollo de las obras. 5. Definir el modelo de servicio para la contratación y funcionamiento de servicios de Emergencia Médica y de Bomberos en obra. 6. Definir mecanismos de cooperación con instituciones gubernamentales, incluyendo la instalación en una localidad cercana a la Obra de una Oficina con equipos del MTSS, con Inspectores de Trabajo disponibles en forma permanente. 7. Definición de criterios y requisitos de capacitación general y básica en seguridad y salud laboral para todos los trabajadores que se incorporen a la Obra. B) Capacitación y mano de obra: a) Principios rectores: 1. Apoyo conjunto a la planificación de cursos de capacitación previa a la incorporación de trabajadores necesarios en las diversas etapas de la Obra. 2. Enfocar los cursos de capacitación en: - trabajadores de la zona de influencia geográfica; -seguridad y salud en la obra civil y montaje electromecánico; - oficios o especialidades de montaje, según estándares internacionales, en función de las necesidades previstas, teniendo especialmente en cuenta que se trate de oficios que posteriormente sean de demanda sostenida y utilidad en otras actividades; - práctica en relaciones laborales y la normativa laboral, especialmente vinculadas a los actores directos; - mejora de la productividad y cultura del trabajo. 3. Organización e instrumentación de cursos a través de instituciones existentes especializadas en la ejecución de actividades de capacitación y generación de empleo, así como en el financiamiento, tales como INEFOP, FOCAP, UTEC, etc. 4. Libre selección de parte de las Empresas Contratistas y Subcontratistas en la contratación de los trabajadores que consideren más idóneos para la realización de los trabajos necesarios. 5. Evaluación libre y sin condicionamientos por parte de las empresas durante los períodos de prueba establecidos con posterioridad al ingreso para verificar efectivamente que los trabajadores ingresados reúnan las aptitudes y calificaciones requeridas para el desempeño de las tareas en las correspondientes categorías en que sean contratados. 6. La aprobación de los cursos no impide ni sustituye las pruebas de admisión que las empresas contratistas y subcontratistas puedan libremente realizar para verificar que los aspirantes a ingresar en la Obra reúnan las aptitudes y calificaciones requeridas para el desempeño de las tareas en las correspondientes categorías. b) Expectativas: 1. Definición de las disciplinas y áreas en las que se enfocará la capacitación. 2. Determinación de las modalidades y formas de instrumentación de los cursos. 3. Planificación y cronograma de los cursos de capacitación que se decidan. 4. Convocatoria pública y Registro abierto de trabajadores, a través de la base de datos nacional del MTSS (Vía Trabajo), como forma de conocer la oferta de mano de obra uruguaya especializada y obtener una fuente de reclutamiento no obligatorio de trabajadores postulantes con habilidades requeridas debidamente documentadas, con acceso directo por parte de las empresas contratistas. C) Transporte, Alimentación y Vivienda en la Obra: a) Principios rectores: 1. Servicios de transporte y alimentación en Obra coordinados en la forma que se determine, que garanticen buenas condiciones de vida, recreación, esparcimiento y servicios para los trabajadores. 2. Facilidades de alojamiento multimodal y desconcentrado, según disponibilidad, en diversos lugares de la región o localidades más próximas, de los trabajadores trasladados o contratados a pie de obra que no se encuentren radicados en los Departamentos de Tacuarembó y Durazno. 3. Prever actividades de formación complementaria, culturales, de esparcimiento, higiene, salud y prevención de enfermedades comunes. 4. Coordinar con autoridades locales y nacionales aquellas cuestiones vinculadas al orden y la seguridad de los trabajadores alojados y de los habitantes permanentes de las localidades. b) Expectativas: 1. Determinación de responsabilidades, modalidad y estándares en los servicios de transporte. 2. Determinación de responsabilidades, estándares y condiciones adecuadas para la alimentación de los trabajadores del Proyecto. 3. Determinación de responsabilidades, estándares y comodidades para el alojamiento de los trabajadores trasladados o contratados a pie de obra procedentes de otros Departamentos. 4. Programación de actividades complementarias deportivas, culturales o recreativas para los trabajadores alojados.
VI.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS CON ACTUACIONES EN DIVERSOS AMBITOS ESCALONADOS:
1. Desarrollo de instancias de diálogo y negociación específicas para solucionar los reclamos laborales individuales o colectivos que se planteen durante la ejecución de las obras. 2. Funcionamiento de diversos ámbitos bipartitos o tripartitos, de conciliación y mediación, ordenados, escalonados y sucesivos, con fines preventivos, con procedimientos y plazos en cada ámbito, que contribuyan efectivamente a lograr la mejor solución de los problemas y evitar el desencadenamiento de conflictos. 3. Compromiso en poner la mayor voluntad y los mejores esfuerzos para resolver las situaciones conflictivas que se generen, observando las normas y disposiciones legales, reglamentarias y convencionales aplicables. 4. No adopción de medidas por las partes que afecten la regularidad del trabajo o el normal desarrollo de las actividades en la Obra, antes de haber finalizado total y formalmente todas las instancias de conciliación y mediación previstas. Y para constancia se suscriben 8 (ocho) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en la comparecencia.
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