Canelones: Nuevos informes concluyen que calidad del agua no es buena
- SGV
- 5 jul 2017
- 4 Min. de lectura

La intendencia de Canelones presentó informes que concluyen que la calidad del agua en el departamento no es buena. Sin embargo, los jerarcas atribuyen el problema a la “concentración de personas” y no a los perjuicios del agronegocio, la plantación de soja transgénica y la forestación. Informes ya han arrojado datos que son elocuentes.
El pasado 27 de junio, la Intendencia de Canelones presentó una serie de Informes Ambientales Estratégicos sobre la situación de la Biodiversidad y los Recursos Hídricos del Departamento, con anuncios relevantes en relación al Sistema Departamental de Áreas de Protección Ambiental y el Monitoreo de Calidad de Agua del Departamento. El evento se enmarcó en lo que la comuna denomina “Mes del Ambiente Canario”.
La actividad se realizó en la ciudad de Canelones y contó con la presencia de diversos jerarcas, entre los que encontraba el Director Nacional de Medio Ambiente, Ing. Alejandro Nario; el Director la de Secretaría de Planificación del Gobierno de Canelones, Sergio Ashfield; el Director General de Gestión Ambiental, Leonardo Herou; la Dra. Estela Delgado, directora de la Sede Maldonado del Centro Universitario Regional Este del la UdelaR (CURE) y el biólogo Guillermo Goyenola.
En este marco se presentó un informe sobre calidad de agua y otro informe sobre biodiversidad, asociado a lo que es un avance del Sistema de Protección de Áreas Protegidas. Según señala la página web de la Intendencia, el resultado de los informes es producto de la articulación con distintos actores del gobierno nacional, ministerios, así como la Intendencia de Montevideo, UdelaR, los Municipios y los vecinos referentes vinculados a los temas ambientales.
A grandes rasgos, los informes concluyen que la calidad del agua en el departamento no es buena y que la contaminación es mayor en las zonas más pobladas. “No puede decirse que la situación en lo que refiere a calidad de agua sea buena para Canelones, pero una de las cosas que hay que tomar como positivas es que hoy en día se conoce la situación”, dijo Goyenola.
Por su parte, Leonardo Herou señaló que en las zonas más alejadas de los grandes centros poblados del departamento la calidad del agua comienza a ser mejor. Afirmar esto es no reconocer el perjuicio que el agronegocio ha generado en toda la cuenca del Santa Lucía. En el año 2000, de las 16.227.068 hectáreas productivas que tiene Uruguay, tan solo 28.000 se habían sembrado de soja. En el año 2015, se sembraron 1.334.000 hectáreas.
En Radio Uruguay, Herou dijo que “la concentración de personas” y de “actividades” ha significado “un impacto importante” en el agua. También reconoció la falta de saneamiento en el departamento y remarcó la contaminación que varias industrias vierten a los cursos de agua. Sin embargo, Herou no mencionó el agronegocio y los perjuicios que acarrea para la calidad del agua y el suelo la plantación de soja transgénica y la fumigación con enormes cantidades de agrotóxicos.
Los informes de la universidad
Ya en el año 2013, un informe de la Universidad de la República sobre la calidad del agua del Río Santa Lucía mencionaba que el 80% de la contaminación del agua de este cauce, el principal abastecedor de agua potable para la capital del país y su zona metropolitana, proviene de lo que se denominan “fuentes difusas”, es decir, provenientes de la actividad agropecuaria.
En monitoreos realizados por la Dinama en el año 2011, ya se habían encontrado restos de atrazina, un herbicida utilizado de manera regular y de alto poder persistente, en el agua de los embalses de las represas de Canelón Chico y de Paso Severino. Este herbicida, aclara el informe, está prohibido en Europa y EEUU.
El agua protegida por la ley
La propia Constitución de la República, a través del artículo 47 agregado el año 2004, establece que “el acceso al agua potable y el acceso al saneamiento, constituyen derechos humanos fundamentales”, así como también que “la provisión de los servicios será competencia del Estado.
Por otra parte, la Ley No. 18.610 del año 2009 denominada “Política Nacional de Aguas” establece entre otros elementos que: 1) Todos los habitantes tienen derecho al acceso al agua potable y al saneamiento. El Estado actuará propendiendo al efectivo ejercicio de tales derechos; 2) El agua es un recurso natural esencial para la vida. El acceso al agua potable y al saneamiento son derechos humanos fundamentales reconocidos en el inciso segundo del artículo 47 de la Constitución de la República; 3) La Política Nacional de Aguas comprende la gestión de los recursos hídricos así como los servicios y usos vinculados al agua; 4) Toda persona deberá abstenerse de provocar impactos ambientales negativos o nocivos en los recursos hídricos, adoptando las medidas de prevención y precaución necesarias.
El Río Santa Lucía en algunos números
Según el informe “Cuenca del Río Santa Lucía, Aportes para la discusión ciudadana” realizado por los docentes Marcel Achkar, Ana Domínguez y Fernando Pesce en el año 2012, su cuenca posee una extensión de 13.433 kilómetros cuadrados, de los cuales el 17% corresponden a Canelones, el 11% a Lavalleja, el 35% a Florida, el 25% a San José, el 6% a Flores y el 1% a Montevideo.
En el informe se aclara que el Río Santa Lucía abastece de agua al 60% de la población del país y que en la cuenca del río se encuentra el 32% de la población rural del Uruguay.
Se hace especial hincapié en los humedales del Río Santa Lucía, los cuales poseen una extensión de 20 mil hectáreas y albergan una gran diversidad animal y vegetal.
Entradas relacionadas
Ver todoLa posibilidad de aumentos de tarifas y de impuestos había sido negada enfáticamente por el presidente Luis Lacalle Pou durante la...
En estos días es evidente que ante un nuevo aniversario del Movimiento 26 de Marzo, muchas cosas y conceptos se ponen sobre la mesa en...
En los últimos tiempos han ido surgiendo en forma cada vez más amplia problemas y situaciones cada vez más difíciles de atender, con las...
Comentarios