Institución de Derechos Humanos advirtió durante 6 años situación en geriátricos
- La Juventud Diario
- 29 abr 2020
- 2 Min. de lectura

Foto ilustrativa
La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) “ha recomendado al Estado que es su deber dar debido cumplimiento a las obligaciones que asumió al ratificar la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, concretamente en cuanto a lo que disponen sus Arts. 4 (Li. C), 12 y 25”, y reitera al Estado uruguayo las recomendaciones realizadas en diferentes resoluciones dictadas desde su creación, respecto a los derechos de las personas adultas mayores internadas en los llamados ‘hogares’, ‘residenciales’ o ‘casas de salud’ entre otras denominaciones, subrayando que tales derechos, inherentes a las personas humanas en cuanto tales, adquieren mayor significación en las actuales circunstancias sanitarias que atraviesa el país.
En un documento emitido este martes 28 de abril por su Consejo Directivo, sostienen que regularmente se ha llamado la atención de los organismos estatales, y se mencionan más de media docena de resoluciones desde 2014 a la fecha, las que han sido dirigidas en especial al Ministerio de Salud Pública (MSP) y al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), organismos competentes para habilitar este tipo de establecimientos.
La INDDHH consigna que cada una de ellas “recibieron diferentes respuestas, mayoritariamente de colaboración”. No obstante “no se puede afirmar que se hayan adoptado, a la fecha, medidas permanentes y eficaces para atender a los lineamientos generales de estas recomendaciones, que se refieren a la necesidad de que el Estado uruguayo fortalezca el sistema de controles, inspecciones y habilitaciones para que en estos establecimientos se garanticen los derechos de las personas adultas mayores internadas”.
Sostienen que este grupo poblacional, residente en estos establecimientos, “atraviesa situaciones de enorme vulnerabilidad social, sanitaria y económica”, y destacan que “en la mayoría de los casos analizados, se trata de hombres y mujeres internados sin que medie su voluntad expresa”.
Subrayan que “según la normativa vigente, corresponde al Estado garantizar el respeto de los derechos humanos de todas las personas sujetas a su jurisdicción” y que “este deber de garantía abarca las obligaciones estatales de prevención; investigación; sanción y reparación en su caso”.
En esa dirección, la INDDHH ha reiterado que, en estos casos, los referidos deberes suponen para el Estado adoptar todas las medidas que estén a su alcance para evitar las vulneraciones de derechos de las personas en estos “hogares, residenciales o casas de salud”, ejerciendo un comportamiento diligente, que consiste en la supervisión activa y de oficio de la labor de estos centros de internación con residentes adultos mayores.
留言