Te vamos a controlar
- SBM
- 5 jun 2017
- 2 Min. de lectura

Hace unos días nos referimos a la nueva guía que se está elaborando sobre los tiempos de recuperación de enfermedades, referidas a certificaciones de salud. Al parecer, hay que regular los tiempos que puede faltar el trabajador de su tarea, más allá de la opinión médica, que es quien certifica. Daría a entender que un resfrío no necesita que te quedes en tu casa para recuperarte (estornudá en el antebrazo para no desperdigar el virus). Les recomendamos leer lo expuesto al respecto, por la Dra. Elizabeth Chavez, del acuerdo vinculado al Banco de Previsión Social y el Ministerio de Salud Pública (para la certificación de trabajadores en el ámbito público).
“Es para todos los médicos que dentro de sus actividades deban realizar certificaciones médico laborales, no restringiéndola únicamente a los médicos que hacen las tareas de certificación de los prestadores de salud, sino que también pueda ser utilizada para las empresas de servicios médicos que trabajan dentro de empresas públicas o privadas que hacen actividades de certificación médica como parte de su actividad. Es simplemente una guía, no es obligatoria. Simplemente se establecieron tiempos que podían servir para el médico, en saber exactamente cuánto tiempo podría una persona está certificada por una determinada patología. Esta guía se trabajó a partir de la definición, una de las más correctas para determinar los tiempos esperados de recuperación, del Manual de Tiempo Optimo de Capacidad Temporal, elaborado por el Instituto Nacional de Seguridad Social de España. Nosotros tenemos desde nuestra práctica laboral y académica como referencia, muchas de las guías que establece la legislación española. El tiempo de recuperación es aquel tiempo óptimo que se requiere para la resolución de un proceso clínico que ha generado una incapacidad para el trabajo habitual, no olvidando que la certificación es médico laboral, estamos eximiendo al trabajador por un determinado período de ir a trabajar, tenemos que tener en cuenta eso, es una certificación médica PARA el trabajo, por lo tanto tenemos que tener en cuenta la tarea que desempeña el trabajador, no solamente la patología, sino para qué tarea estamos eximiendo”.
Esta exhortación “te vamos a controlar”, aunque se plantee como una simple guía, es de esperar que funcione contra los abusos y no contra la buena recuperación de la salud de los trabajadores o en beneficio del alto rendimiento empresarial.
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